Nuevas reglas en los litigios laborales
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Insight Article 24 March 2025 24 March 2025
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En abril entra en vigor la obligación de presentar pruebas documentales con antelación en los procesos de la jurisdicción social.
Los juicios laborales están a punto de experimentar un cambio significativo. A partir del 3 de abril de 2025, las partes en estos litigios deberán presentar las pruebas documentales y periciales con al menos 10 días de antelación al juicio y en formato electrónico, salvo excepciones concretas. Esta modificación del artículo 82.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social tiene el objetivo de evitar dilaciones y suspensiones, pero también plantea desafíos para abogados, empresas, trabajadores e incluso para los propios tribunales sociales.
Hasta ahora, las pruebas documentales y periciales podían presentarse el mismo día del juicio, lo que permitía a las partes ajustar su estrategia hasta el último momento. Con la nueva regulación, esta posibilidad está descartada, lo que implica que los abogados tendrán que preparar sus juicios con mayor anticipación. Esta circunstancia, señala Àlex Santacana, socio del área laboral de Ceca Magán Abogados, “cambia totalmente el sistema actual, en el que hasta el último día y última hora se podía solicitar prueba o decidir la aportación de documentos o pericias”.
La nueva normativa plantea el debate sobre si favorece a las empresas o a los trabajadores. Santacana considera que “quizás” a quien más perjudica es a la parte demandada, normalmente la empresa, dado que hasta el acto de juicio no contestaba la demanda y, por ello, hasta ese momento no enseñaba sus cartas. Un punto de vista con el que coincide Pere Vidal, asociado director del área laboral de Roca Junyent, que sostiene que “la parte trabajadora tendrá ahora un beneficio adicional, ya que podrá ajustar o ampliar su prueba o su demanda inicial una vez acceda a la documental de la empresa”.
Publicado en: El País Negocios.
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